A TENER EN CUENTA...
** El Decreto Supremo Nº 5653, de 09/07/2026, que establece las alícuotas del Impuesto a los Consumos Específicos - ICE para la importación de vehículos automotores eléctricos e híbridos, hasta el 31 de diciembre de 2026.
** El Decreto Supremo Nº 5646, de 29/06/2026, que dispone: la reducción hasta el 31 de diciembre de 2027, las alícuotas del Gravamen Arancelario - GA en cinco por ciento (5%), para la importación de mercancías de todo el universo arancelario del Arancel Aduanero de Importaciones 2026.
** El Decreto Supremo Nº 5644, de 29/06/2026, que establece una alícuota específica del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados - IEHD de 0,00 Bs/Lt (Cero 00/100 Bolivianos por Litro), hasta el 31 de diciembre de 2030, para la importación de diésel y gasolinas (Disposición Final Segunda). Y, que difiere el Gravamen Arancelario a cero por ciento (0%), hasta el 31 de diciembre de 2026, para la importación de gasolinas (Disposición Final Tercera).
** El Decreto Supremo Nº 5629, de 08/06/2026, que autoriza de manera excepcional hasta el 31 de diciembre de 2026, la importación de solventes para consumo propio, mediante la modalidad de transporte en cisternas, tambores y/o envases menores.
** El Decreto Supremo Nº 5563, de 02/03/2026, que dispone: DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA.- Se modifica la tabla establecida en el primer párrafo del Artículo 1 del Decreto Supremo N° 24053, de 29 de junio de 1995, modificada por el Artículo Único del Decreto Supremo Nº 4842, de 21 de diciembre de 2022, referida a bebidas alcohólicas y no alcohólicas. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA.- I. Se modifica hasta el 31 de diciembre de 2026, las alícuotas del Impuesto a los Consumos Específicos – ICE aplicable a los vehículos a diésel oíl de la subpartida arancelaria 8701.21.00.00 contenidas en el Anexo VII del Reglamento para la Importación de Vehículos Automotores, Aplicación del Arrepentimiento Eficaz y la Política de Incentivos y Desincentivos mediante la aplicación del ICE, aprobado por Decreto Supremo Nº 28963, de 6 de diciembre de 2006, modificado por el Decreto Supremo N° 1889, de 5 de febrero de 2014 y el Decreto Supremo N° 4925, de 27 de abril de 2023.
** El Decreto Supremo Nº 5543, de 09/02/2026, dispone la modificación del Gravamen Arancelario (GA) y establece la alícuota específica del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) hasta el 31 de diciembre de 2026, para la importación de Jet Fuel A-1.
** El Decreto Supremo Nº 5533, de 30/01/2026, dispone la exención del pago del IVA, a la importación de aceite crudo de petróleo, gasolinas para vehículos automóviles y diésel oíl.
** El Decreto Supremo Nº 5518, de 13/01/2026, modifica la alícuota del Gravamen Arancelario a cero por ciento (0%) hasta el 31 de diciembre de 2026, para la importación de dispositivos electrónicos.
** El Decreto Supremo Nº 5516, de 13/01/2026, modifica a cero por ciento (0%) la alícuota del Gravamen Arancelario hasta el 31 de diciembre de 2026, para la importación de maquinaria, equipos y unidades funcionales destinados a la industria alimenticia, agroalimenticia, textil, metalúrgica, minería, neumáticos, aceites lubricantes, baterías y repuestos de vehículos para automóviles identificados en los Anexos 3 y 4.
** El Decreto Supremo Nº 5189, de 24/07/2024, modifica por dos años el Gravamen Arancelario, para la importación de neumáticos, motores y ruedas.