DS2295


DECRETO SUPREMO NRO. 2295 DE 18/03/2015
PROCEDIMIENTO DE NACIONALIZACION DE MERCANCIAS EN FRONTERA

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESOLUCION MINISTERIAL NRO. 139 DE 07/04/2015
RESOLUCION MINISTERIAL NRO. 016 DE 11/01/2016

ADUANA NACIONAL
CIRCULAR NRO. 079/2015 DE 13/04/2015
CIRCULAR NRO. 016/2016 DE 15/01/2016

RM 139 - ANEXO 1
NOMINA DE MERCANCIAS
VIGENTE DESDE EL 22/04/2015

CODIGO DESCRIPCION DE LA MERCANCIA
25.23 Cementos hidráulicos (comprendidos los cementos sin pulverizar o «clinker»), incluso coloreados.
2523.10.00.00
- Cementos sin pulverizar («clinker»)
    
- Cemento Portland:
2523.21.00.00
- - Cemento blanco, incluso coloreado artificialmente
2523.29.00.00
- - Los demás
    
    
27.13 Coque de petróleo, betún de petróleo y demás residuos de los aceites de petróleo o de mineral bituminoso.
2713.20.00.00
- Betún de petróleo
    
    
39.01 Polímeros de etileno en formas primarias.
3901.10.00.00
- Polietileno de densidad inferior a 0,94
3901.20.00.00
- Polietileno de densidad superior o igual a 0,94
3901.30.00.00
- Copolímeros de etileno y acetato de vinilo
3901.90
- Los demás:
3901.90.10.00
- - Copolímeros de etileno con otras olefinas
3901.90.90.00
- - Los demás
    
    
39.02 Polímeros de propileno o de otras olefinas, en formas primarias.
3902.10.00.00
- Polipropileno
3902.20.00.00
- Poliisobutileno
3902.30.00.00
- Copolímeros de propileno
3902.90.00.00
- Los demás
    
    
39.04 Polímeros de cloruro de vinilo o de otras olefinas halogenadas, en formas primarias.
3904.10
- Poli(cloruro de vinilo) sin mezclar con otras sustancias:
3904.10.10.00
- - Obtenido por polimerización en emulsión
3904.10.20.00
- - Obtenido por polimerización en suspensión
3904.10.90.00
- - Los demás
    
- Los demás poli(cloruro de vinilo):
3904.21.00.00
- - Sin plastificar
3904.22.00.00
- - Plastificados
3904.30
- Copolímeros de cloruro de vinilo y acetato de vinilo:
3904.30.10.00
- - Sin mezclar con otras sustancias
3904.30.90.00
- - Los demás
3904.40.00.00
- Los demás copolímeros de cloruro de vinilo
3904.50.00.00
- Polímeros de cloruro de vinilideno
    
- Polímeros fluorados:
3904.61.00.00
- - Politetrafluoroetileno
3904.69.00.00
- - Los demás
3904.90.00.00
- Los demás
    
    
39.07 Poliacetales, los demás poliéteres y resinas epoxi, en formas primarias; policarbonatos, resinas alcídicas, poliésteres alílicos y demás poliésteres, en formas primarias.
3907.10.00.00
- Poliacetales
3907.20
- Los demás poliéteres:
3907.20.10.00
- - Polietilenglicol
3907.20.20.00
- - Polipropilenglicol
3907.20.30.00
- - Poliéteres polioles derivados del óxido de propileno
3907.20.90.00
- - Los demás
3907.30
- Resinas epoxi:
3907.30.10.00
- - Líquidas
3907.30.90.00
- - Las demás
3907.40.00.00
- Policarbonatos
3907.50.00.00
- Resinas alcídicas
3907.60
- Poli(tereftalato de etileno):
3907.60.10.00
3907.61.10.00-0
3907.69.10.00-0

- - Con dióxido de titanio
3907.60.90.00
3907.61.90.00-0
3907.69.90.00-0

- - Los demás
3907.70.00.00
- Poli(ácido láctico)
    
- Los demás poliésteres:
3907.91.00.00
- - No saturados
3907.99.00.00
- - Los demás
    
    
44.10 Tableros de partículas, tableros llamados «oriented strand board» (OSB) y tableros similares (por ejemplo, «waferboard»), de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos.
    
- De madera:
4410.11.00.00
- - Tableros de partículas
4410.12.00.00
- - Tableros llamados «oriented strand board» y «waferboard»
4410.19.00.00
- - Los demás
4410.90.00.00
- Los demás
    
    
4801.00.00.00 Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas.
    
    
48.02 Papel y cartón, sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, excepto el papel de las partidas 48.01 ó 48.03; papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja).
    
- Los demás papeles y cartones, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químicomecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10% en peso del contenido total de fibra:
4802.55
- - De peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2, en bobinas (rollos):
4802.55.90.00
- - - Los demás
4802.58
- - De peso superior a 150 g/m2:
4802.58.10.00
- - - En bobinas (rollos)
    
- Los demás papeles y cartones, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior al 10% en peso del contenido total de fibra:
4802.61
- - En bobinas (rollos):
4802.61.10.00
- - - De peso inferior a 40 g/m2, que cumpla con las demás especificaicones de la Nota 4 del Capítulo
4802.61.90.00
- - - Las demás
    
    
48.04 Papel y cartón Kraft, sin estucar ni recubrir, en bobinas (rollos) o en hojas, excepto el de las partidas 48.02 ó 48.03.
    
- Papel y cartón para caras (cubiertas) («Kraftliner»):
4804.11.00.00
- - Crudos
4804.19.00.00
- - Los demás
    
- Papel Kraft para sacos (bolsas):
4804.21.00.00
- - Crudo
4804.29.00.00
- - Los demás
    
- Los demás papeles y cartones Kraft, de peso inferior o igual a 150 g/m2:
4804.31.00.00
- - Crudos
4804.39.00.00
- - Los demás
    
    
69.07 Placas y baldosas, de cerámica, sin barnizar ni esmaltar, para pavimentación o revestimiento; cubos, dados y artículos similares, de cerámica, para mosaicos, sin barnizar ni esmaltar, incluso con soporte.
6907.10.00.00
6907.21.00.10-0
6907.22.00.10-0
6907.23.00.10-0
6907.30.00.10-0
6907.40.00.10-0

- Plaquitas, cubos, dados y artículos similares, incluso de forma distinta de la cuadrada o rectangular, en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a 7 cm
6907.90.00.00
6907.21.00.90-0
6907.22.00.90-0
6907.23.00.90-0
6907.30.00.90-0
6907.40.00.90-0

- Los demás
    
    
69.08 Placas y baldosas, de cerámica, barnizadas o esmaltadas, para pavimentación o revestimiento; cubos, dados y artículos similares, de cerámica, para mosaicos, barnizados o esmaltados, incluso con soporte.
6908.10.00.00
6907.21.00.90-0
6907.22.00.90-0
6907.23.00.90-0
6907.30.00.90-0
6907.40.00.90-0

- Plaquitas, cubos, dados y artículos similares, incluso de forma distinta de la cuadrada o rectangular, en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a 7 cm
6908.90.00.00
6907.21.00.90-0
6907.22.00.90-0
6907.23.00.90-0
6907.30.00.90-0
6907.40.00.90-0

- Los demás
    
    
70.05 Vidrio flotado y vidrio desbastado o pulido por una o las dos caras, en placas u hojas, incluso con capa absorbente, reflectante o antirreflectante, pero sin trabajar de otro modo.
7005.10.00.00
- Vidrio sin armar con capa absorbente, reflectante o antirreflectante
    
- Los demás vidrios sin armar:
7005.21
- - Coloreados en la masa, opacificados, chapados o simplemente desbastados:
    
- - - De espesor inferior o igual a 6 mm:
7005.21.11.00
- - - - Flotado
7005.21.19.00
- - - - Los demás
7005.21.90.00
- - - Las demás
7005.29
- - Los demás:
7005.29.10.00
- - - De espesor inferior o igual a 6 mm
7005.29.90.00
- - - Las demás
7005.30.00.00
- Vidrio armado
    
    
72.08 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en caliente, sin chapar ni revestir.
7208.10
- Enrollados, simplemente laminados en caliente, con motivos en relieve:
7208.10.10.00
- - De espesor superior a 10 mm
7208.10.20.00
- - De espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm
7208.10.30.00
- - De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm
7208.10.40.00
- - De espesor inferior a 3 mm
    
- Los demás, enrollados, simplemente laminados en caliente, decapados:
7208.25
- - De espesor superior o igual a 4,75 mm:
7208.25.10.00
- - - De espesor superior a 10 mm
7208.25.20.00
- - - De espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm
7208.26.00.00
- - De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm
7208.27.00.00
- - De espesor inferior a 3 mm
    
- Los demás, enrollados, simplemente laminados en caliente:
7208.36.00.00
- - De espesor superior a 10 mm
7208.37
- - De espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm:
7208.37.10.00
- - - Con un contenido de carbono superior o igual a 0,12% en peso
7208.37.90.00
- - - Los demás
7208.38
- - De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm:
7208.38.10.00
- - - Con un contenido de carbono superior o igual a 0,12% en peso
7208.38.90.00
- - - Los demás
7208.39
- - De espesor inferior a 3 mm:
7208.39.10.00
- - - Con un contenido de carbono superior o igual a 0,12% en peso
    
- - - Los demás:
7208.39.91.00
- - - - De espesor inferior o igual a 1,8 mm
7208.39.99.00
- - - - Los demás
7208.40
- Sin enrollar, simplemente laminados en caliente, con motivos en relieve:
7208.40.10.00
- - De espesor superior a 10 mm
7208.40.20.00
- - De espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm
7208.40.30.00
- - De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm
7208.40.40.00
- - De espesor inferior a 3 mm
    
- Los demás, sin enrollar, simplemente laminados en caliente:
7208.51
- - De espesor superior a 10 mm:
7208.51.10.00
- - - De espesor superior a 12,5 mm
7208.51.20.00
- - - De espesor superior a 10 mm pero inferior o igual a 12,5 mm
7208.52
- - De espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm:
7208.52.10.00
- - - Con un contenido de carbono superior o igual a 0,6% en peso
7208.52.90.00
- - - Los demás
7208.53.00.00
- - De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm
7208.54.00.00
- - De espesor inferior a 3 mm
7208.90.00.00
- Los demás
    
    
72.09 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir.
    
- Enrollados, simplemente laminados en frío:
7209.15.00.00
- - De espesor superior o igual a 3 mm
7209.16.00.00
- - De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm
7209.17.00.00
- - De espesor superior o igual a 0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm
7209.18
- - De espesor inferior a 0,5 mm:
7209.18.10.00
- - - De espesor inferior a 0,5 mm pero superior o igual a 0,25 mm
7209.18.20.00
- - - De espesor inferior a 0,25 mm
    
- Sin enrollar, simplemente laminados en frío:
7209.25.00.00
- - De espesor superior o igual a 3 mm
7209.26.00.00
- - De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm
7209.27.00.00
- - De espesor superior o igual a 0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm
7209.28.00.00
- - De espesor inferior a 0,5 mm
7209.90.00.00
- Los demás
    
    
72.10 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos.
    
- Estañados:
7210.11.00.00
- - De espesor superior o igual a 0,5 mm
7210.12.00.00
- - De espesor inferior a 0,5 mm
7210.20.00.00
- Emplomados, incluidos los revestidos con una aleación de plomo y estaño
7210.30.00.00
- Cincados electrolíticamente
    
- Cincados de otro modo:
7210.41.00.00
- - Ondulados
7210.49.00.00
- - Los demás
7210.50.00.00
- Revestidos de óxidos de cromo o de cromo y óxidos de cromo
    
- Revestidos de aluminio:
7210.61.00.00
- - Revestidos de aleaciones de aluminio y cinc
7210.69.00.00
- - Los demás
7210.70
- Pintados, barnizados o revestidos de plástico:
7210.70.10.00
- - Revestidos previamente de aleaciones de aluminio-cinc
7210.70.90.00
- - Los demás
7210.90.00.00
- Los demás
    
    
72.13 Alambrón de hierro o acero sin alear.
7213.10.00.00
- Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado
7213.20.00.00
- Los demás, de acero de fácil mecanización
    
- Los demás:
7213.91
- - De sección circular con diámetro inferior a 14 mm:
7213.91.10.00
- - - Con un contenido de cromo, niquel, cobre y molibdeno inferior a 0,12% en total
7213.91.90.00
- - - Los demás
7213.99.00.00
- - Los demás
    
    
72.14 Barras de hierro o acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado.
7214.10.00.00
- Forjadas
7214.20.00.00
- Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a torsión después del laminado
7214.30
- Las demás, de acero de fácil mecanización:
7214.30.10.00
- - De sección circular, de diámetro inferior o igual a 100 mm
7214.30.90.00
- - Los demás
    
- Las demás:
7214.91
- - De sección transversal rectangular:
7214.91.10.00
7214.91.20.00-0
- - - Inferior o igual a 100 mm2
7214.91.90.00
- - - Los demás
7214.99
- - Las demás:
7214.99.10.00
- - - De sección circular, de diámetro inferior o igual a 100 mm
7214.99.90.00
- - - Los demás
    
    
72.16 Perfiles de hierro o acero sin alear.
7216.10.00.00
- Perfiles en U, en I o en H, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm
    
- Perfiles en L o en T, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm:
7216.21.00.00
- - Perfiles en L
7216.22.00.00
- - Perfiles en T
    
- Perfiles en U, en I o en H, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm:
7216.31.00.00
- - Perfiles en U
7216.32.00.00
- - Perfiles en I
7216.33.00.00
- - Perfiles en H
7216.40.00.00
- Perfiles en L o en T, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm
7216.50.00.00
- Los demás perfiles, simplemente laminados o extrudidos en caliente
    
- Perfiles simplemente obtenidos o acabados en frío:
7216.61.00.00
- - Obtenidos a partir de productos laminados planos
7216.69.00.00
- - Los demás
    
- Los demás:
7216.91.00.00
- - Obtenidos o acabados en frío, a partir de productos laminados planos
7216.99.00.00
- - Los demás
    
    
72.17 Alambre de hierro o acero sin alear.
7217.10.00.00
- Sin revestir, incluso pulido
7217.20.00.00
- Cincado
7217.30.00.00
- Revestido de otro metal común
7217.90.00.00
- Los demás
    
    
72.25 Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm
    
- De acero al silicio llamado «magnético» (acero magnético al silicio):
7225.11.00.00
- - De grano orientado
7225.19.00.00
- - Los demás
7225.30.00.00
- Los demás, simplemente laminados en caliente, enrollados
7225.40.00.00
- Los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar
7225.50
- Los demás, simplemente laminados en frío:
7225.50.00.10
- - De acero rápido
7225.50.00.90
- - Los demás
    
- Los demás:
7225.91
- - Cincados electrolíticamente:
7225.91.00.10
- - - De acero rápido
7225.91.00.90
- - - Los demás
7225.92
- - Cincados de otro modo:
7225.92.00.10
- - - De acero rápido
7225.92.00.90
- - - Los demás
7225.99
- - Los demás:
7225.99.00.10
- - - De acero rápido
7225.99.00.90
- - - Los demás
    
    
72.27 Alambrón de los demás aceros aleados.
7227.10.00.00
- De acero rápido
7227.20.00.00
- De acero silicomanganeso
7227.90.00.00
- Los demás
    
    
73.04 Tubos y perfiles huecos, sin soldadura (sin costura), de hierro o acero.
    
- Tubos de los tipos utilizados en oleoductos o gasoductos:
7304.11.00.00
- - De acero inoxidable
7304.19.00.00
- - Los demás
    
- Tubos de entubación («casing») o de producción («tubing») y tubos de perforación, de los tipos utilizados para la extracción de petróleo o gas:
7304.22.00.00
- - Tubos de perforación de acero inoxidable
7304.23.00.00
- - Los demás tubos de perforación
7304.24.00.00
- - Los demás, de acero inoxidable
7304.29.00.00
- - Los demás
    
- Los demás, de sección circular, de hierro o acero sin alear:
7304.31.00.00
- - Estirados o laminados en frío
7304.39.00.00
- - Los demás
    
- Los demás, de sección circular, de acero inoxidable:
7304.41.00.00
- - Estirados o laminados en frío
7304.49.00.00
- - Los demás
    
- Los demás, de sección circular, de los demás aceros aleados:
7304.51.00.00
- - Estirados o laminados en frío
7304.59.00.00
- - Los demás
7304.90.00.00
- Los demás
    
    
73.05 Los demás tubos (por ejemplo: soldados o remachados) de sección circular con diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero.
    
- Tubos de los tipos utilizados en oleoductos o gasoductos:
7305.11.00.00
- - Soldados longitudinalmente con arco sumergido
7305.12.00.00
- - Los demás, soldados longitudinalmente
7305.19.00.00
- - Los demás
7305.20.00.00
- Tubos de entubación («casing») de los tipos utilizados para la extracción de petróleo o gas
    
- Los demás, soldados:
7305.31.00.00
- - Soldados longitudinalmente
7305.39.00.00
- - Los demás
7305.90.00.00
- Los demás
    
    
73.06 Los demás tubos y perfiles huecos (por ejemplo: soldados, remachados, grapados o con los bordes simplemente aproximados), de hierro o acero.
    
- Tubos de los tipos utilizados en oleoductos o gasoductos:
7306.11.00.00
- - Soldados, de acero inoxidable
7306.19.00.00
- - Los demás
    
- Tubos de entubación («casing») o de producción («tubing»), de los tipos utilizados para la extracción de petróleo o gas:
7306.21.00.00
- - Soldados, de acero inoxidable
7306.29.00.00
- - Los demás
7306.30
- Los demás, soldados, de sección circular, de hierro o acero sin alear:
7306.30.10.00
- - Con un contenido de carbono, en peso, superior o igual a 0,6%
    
- - Los demás:
7306.30.91.00
- - - Tubos de acero de diámetro externo hasta 16mm, de doble pared
7306.30.92.00
- - - Tubos de acero de diámetro inferior o igual a 10 mm, de pared sencilla
7306.30.99.00
- - - Los demás
7306.40.00.00
- Los demás, soldados, de sección circular, de acero inoxidable
7306.50.00.00
- Los demás, soldados, de sección circular, de los demás aceros aleados
    
- Los demás, soldados, excepto los de sección circular:
7306.61.00.00
- - De sección cuadrada o rectangular
7306.69.00.00
- - Los demás
7306.90.00.00
- Los demás
    
    
73.08 Construcciones y sus partes (por ejemplo: puentes y sus partes, compuertas de esclusas, torres, castilletes, pilares, columnas, armazones para techumbre, techados, puertas y ventanas, y sus marcos, contramarcos y umbrales, cortinas de cierre, barandillas) de fundición, hierro o acero, excepto las construcciones prefabricadas de la partida 94.06; chapas, barras, perfiles, tubos y similares, de fundición, hierro o acero, preparados para la construcción.
7308.10.00.00
- Puentes y sus partes
7308.20.00.00
- Torres y castilletes
7308.30.00.00
- Puertas, ventanas, y sus marcos, contramarcos y umbrales
7308.40.00.00
- Material de andamiaje, encofrado, apeo o apuntalamiento
7308.90
- Los demás:
7308.90.10.00
- - Chapas, barras, perfiles, tubos y similares, preparados para la construcción
7308.90.20.00
- - Compuertas de esclusas
    
- - Los demás:
7308.90.90.10
- - - Caballetes de extraccion de minas
7308.90.90.90
- - - Los demás

RM 139 - ANEXO 2
NOMINA DE MERCANCIAS
VIGENTE DESDE EL 01/10/2015

CODIGO DESCRIPCION DE LA MERCANCIA
07.01 Papas (patatas) frescas o refrigeradas.
0701.90.00.00
- Las demás
    
    
10.01 Trigo y morcajo (tranquillón).

- Los demás
1001.99
- - Los demás:
1001.99.10.00
- - - Los demás trigos
1001.99.20.00
- - - Morcajo (tranquillón)
    
    
10.06 Arroz.
1006.30.00.00
- Arroz semiblanqueado o blanqueado, incluso pulido o glaseado
    
    
1101.00.00.00 Harina de trigo o de morcajo (tranquillón).
    
    
11.07 Malta (de cebada u otros cereales), incluso tostada.
1107.10.00.00
- Sin tostar
1107.20.00.00
- Tostada
    
    
19.01 Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula o extracto de malta, que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 40% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones alimenticias de productos de las partidas 04,01 a 04,04 que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 5% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte.
1901.20.00.00
- Mezclas y pastas para la preparación de productos de panadería, pastelería o galletería, de la partida 19.05
1901.90
- Los demás:
1901.90.90.00
- - Los demás
    
    
94.03 Los demás muebles y sus partes.
9403.30.00.00
- Muebles de madera de los tipos utilizados en oficinas
9403.40.00.00
- Muebles de madera de los tipos utilizados en cocinas
9403.50.00.00
- Muebles de madera de los tipos utilizados en dormitorios
9403.60.00.00
- Los demás muebles de madera
    
    

RM 016 - ANEXO 1
MERCANCIAS NO SUJETAS A PRESENTACION DE
AUTORIZACIONES PREVIAS O CERTIFICADOS
VIGENTE DESDE EL 01/02/2016

CODIGO DESCRIPCION DE LA MERCANCIA
2503.00.00.00
Azufre de cualquier clase, excepto el sublimado, el precipitado y el coloidal.


25.17
Cantos, grava, piedras machacadas, de los tipos generalmente utilizados para hacer hormigón, o para firmes de carreteras, vías férreas u otros balastos, guijarros y pedernal, incluso tratados térmicamente; macadán de escorias o de desechos industriales similares, incluso con materiales comprendidos en la primera parte de la partida; macadán alquitranado; gránulos, tasquiles fragmentos) y polvo de piedras de las partidas 25.25 ó 25.16, incluso tratados térmicamente.
2517.10.00.00 - Cantos, grava, piedras machacadas, de los tipos generalmente utilizados para hacer hormigón, o para firmes de carreteras, vías férreas u otros balastos, guijarros y pedernal, incluso tratados térmicamente


25.18
Dolomita, incluso sinterizada o calcinada, incluida la dolomita desbastada o simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares; aglomerado de dolomita.
2518.10.00.00 - Dolomita sin calcinar ni sinterizar, llamada «cruda»


25.23 Cementos hidráulicos (comprendidos los cementos sin pulverizar o «clinker»), incluso coloreados.
2523.30.00.00 - Cementos aluminosos
2523.90.00.00 - Los demás cementos hidráulicos


27.01 Hullas; briquetas, ovoides y combustibles sólidos similares, obtenidos de la hulla.

- Hullas, incluso pulverizadas, pero sin aglomerar:
2701.11.00.00 - - Antracitas
2701.12.00.00 - - Hulla bituminosa
2701.19.00.00 - - Las demás hullas


27.14 Betunes y asfaltos naturales; pizarras y arenas bituminosas; asfaltitas y rocas asfálticas.
2714.10.00.00 - Pizarras y arenas bituminosas
2714.90.00.00 - Los demás


2715.00 Mezclas bituminosas a base de asfalto o de betún naturales, de betún de petróleo, de alquitrán mineral o de brea de alquitrán mineral (por ejemplo: mástiques bituminosos, «cut backs»).
2715.00.10.00 - Mástiques bituminosos
2715.00.90.00 - Los demás
2715.00.90.00-1 - LOS DEMAS MEZCLAS BITUMINOSAS A BASE DE ASFALTO


28.01 Flúor, cloro, bromo y yodo.
2801.10.00.00 - Cloro
2801.20.00.00 - Yodo
2801.30.00.00 - Flúor; bromo


28.33 Sulfatos; alumbres; peroxosulfatos (persulfatos).

- Sulfatos de sodio:
2833.11.00.00 - - Sulfato de disodio
2833.19.00.00 - - Los demás

- Los demás sulfatos:
2833.21.00.00 - - De magnesio
2833.22.00.00 - - De aluminio
2833.24.00.00 - - De níquel
2833.25.00.00 - - De cobre
2833.27.00.00 - - De bario
2833.29 - - Los demás:
2833.29.10.00 - - - De hierro
2833.29.30.00 - - - De plomo
2833.29.50.00 - - - De cromo
2833.29.50.00-1 - - - DE CROMO BASICO
2833.29.60.00 - - - De cinc
2833.29.90.00 - - - Los demás


28.35 Fosfinatos (hipofosfitos), fosfonatos (fosfitos) y fosfatos; polifosfatos, aunque no sean de constitución química definida.

- Fosfatos:
2835.22.00.00 - - De monosodio o de disodio
2835.24.00.00 - - De potasio
2835.25.00.00 - - Hidrogenoortofosfato de calcio («fosfato dicálcico»)
2835.26.00.00 - - Los demás fosfatos de calcio


28.37 Cianuros, oxicianuros y cianuros complejos.

- Cianuros y oxicianuros:
2837.11 - - De sodio:
2837.11.10.00 - - - Cianuro
2837.11.90.00
2837.11.20.00-0
- - - Oxicianuro


28.42 Las demás sales de los ácidos o peroxoácidos inorgánicos (incluidos los aluminosilicatos, aunque no sean de constitución química definida), excepto los aziduros (azidas).
2842.10.00.00 - Silicatos dobles o complejos, incluidos los aluminosilicatos, aunque no sean de constitución química definida
2842.10.00.00-1 - UNICAMENTE AQUELLOS QUE NO SEAN DE CONSTITUCIÓN QUIMICA DEFINIDA (POR EJEMPLO ZEOLITAS)


2847.00.00.00 Peróxido de hidrógeno (agua oxigenada), incluso solidificado con urea.


28.49 Carburos, aunque no sean de constitución química definida.
2849.10.00.00 - De calcio


29.05 Alcoholes acíclicos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

- Los demás polialcoholes:
2905.45.00.00 - - Glicerol


29.15 Acidos monocarboxílicos acíclicos saturados y sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y peroxiácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

- Acido fórmico, sus sales y sus ésteres:
2915.11.00.00 - - Acido fórmico
2915.12 - - Sales del ácido fórmico:
2915.12.10.00 - - - Formiato de sodio
2915.12.90.00 - - - Las demás


29.22 Compuestos aminados con funciones oxigenadas.

- Aminoácidos, excepto los que contengan funciones oxigenadas diferentes, y sus ésteres; sales de estos productos:
2922.41.00.00 - - Lisina y sus ésteres; sales de estos productos


29.23 Sales e hidróxidos de amonio cuaternario; lecitinas y demás fosfoaminolípidos, aunque no sean de constitución química definida.
2923.10.00.00 - Colina y sus sales


29.29 Compuestos con otras funciones nitrogenadas.
2929.10 - Isocianatos:
2929.10.10.00 - - Toluen-diisocianato
2929.10.90.00 - - Los demás


29.30 Tiocompuestos orgánicos.
2930.40.00.00 - Metionina


3605.00.00.00 Fósforos (cerillas), excepto los artículos de pirotecnia de la partida 36.04.


38.02 Carbón activado; materias minerales naturales activadas; negro de origen animal, incluido el agotado.
3802.90 - Los demás:
3802.90.10.00 - - Harinas silíceas fósiles (por ejemplo: «Kieselguhr», tripolita, diatomita) activadas
3802.90.10.00-1 - - KIESELGUHR
3802.90.20.00 - - Negro de origen animal, incluido el agotado
3802.90.90.00 - - Los demás


38.12 Aceleradores de vulcanización preparados; plastificantes compuestos para caucho o plástico, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones antioxidantes y demás estabilizantes compuestos para caucho o plástico.
3812.10.00.00 - Aceleradores de vulcanización preparados
3812.20.00.00 - Plastificantes compuestos para caucho o plástico


3817.00 Mezclas de alquilbencenos y mezclas de alquilnaftalenos, excepto las de las partidas 27.07 ó 29.02.
3817.00.10.00 - Dodecilbenceno
3817.00.20.00 - Mezclas de alquilnaftalenos
3817.00.90.00 - Las demás


39.03 Polímeros de estireno en formas primarias.

- Poliestireno:
3903.11.00.00 - - Expandible
3903.19.00.00 - - Los demás
3903.20.00.00 - Copolímeros de estireno-acrilonitrilo (SAN)
3903.30.00.00 - Copolímeros de acrilonitrilo-butadieno-estireno (ABS)
3903.90.00.00 - Los demás


39.05 Polímeros de acetato de vinilo o de otros ésteres vinílicos, en formas primarias; los demás polímeros vinílicos en formas primarias.

- Poli(acetato de vinilo):
3905.12.00.00 - - En dispersión acuosa
3905.19.00.00 - - Los demás

- Copolímeros de acetato de vinilo:
3905.21.00.00 - - En dispersión acuosa
3905.29.00.00 - - Los demás
3905.30.00.00 - Poli(alcohol vinílico), incluso con grupos acetato sin hidrolizar

- Los demás:
3905.91.00.00 - - Copolímeros
3905.99 - - Los demás:
3905.99.10.00 - - - Polivinilbutiral
3905.99.20.00 - - - Polivinilpirrolidona
3905.99.90.00 - - - Los demás


39.09 Resinas amínicas, resinas fenólicas y poliuretanos, en formas primarias.
3909.10 - Resinas ureicas; resinas de tiourea:
3909.10.10.00 - - Urea formaldehído para moldeo
3909.10.10.00-1 - - RESINAS UREICAS
3909.10.90.00 - - Los demás
3909.10.90.00-1 - - RESINAS UREICAS
3909.20 - Resinas melamínicas:
3909.20.10.00 - - Melamina formaldehído
3909.20.90.00 - - Los demás
3909.30.00.00
3909.31.00.00-0
3909.39.00.00-0

- Las demás resinas amínicas
3909.40.00.00 - Resinas fenólicas


39.23 Artículos para el transporte o envasado, de plástico; tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre, de plástico.
3923.10 - Cajas, cajones, jaulas y artículos similares:
3923.10.10.00 - - Para casetes, CD, DVD y similares
3923.10.90.00 - - Los demás

- Sacos (bolsas), bolsitas y cucuruchos:
3923.21.00.00 - - De polímeros de etileno
3923.29 - - De los demás plásticos:
3923.29.10.00 - - - Bolsas colectoras de sangre
3923.29.20.00 - - - Bolsas para el envasado de soluciones parenterales
3923.29.90.00 - - - Los demás
3923.30 - Bombonas (damajuanas), botellas, frascos y artículos similares:
3923.30.20.00 - - Preformas
3923.30.20.00-1 - - PREFORMAS PARA SOPLAR BOTELLAS PET Y REPET

- - Los demás:
3923.30.91.00 - - - De capacidad superior o igual a 18,9 litros (5 gal.)
3923.30.99.00 - - - Los demás
3923.30.99.00-1 - - - BOTELLAS PET Y REPET
3923.40 - Bobinas, carretes, canillas y soportes similares:
3923.40.10.00 - - Casetes sin cinta
3923.40.90.00 - - Los demás
3923.50 - Tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre
3923.50.10.00 - - Tapones de silicona
3923.50.90.00 - - Los demás
3923.90.00.00 - Los demás


40.02 Caucho sintético y caucho facticio derivado de los aceites, en formas primarias o en placas, hojas o tiras; mezclas de productos de la partida 40.01 con los de esta partida, en formas primarias o en placas, hojas o tiras.

- Caucho estireno-butadieno (SBR); caucho estireno-butadieno carboxilado (XSBR):
4002.19 - - Los demás:

- - - Caucho estireno-butadieno carboxilado (XSBR):
4002.19.21.00 - - - - En formas primarias
4002.19.22.00 - - - - En placas, hojas o tiras


4004.00.00.00 Desechos, desperdicios y recortes, de caucho sin endurecer, incluso en polvo o gránulos.


47.03 Pasta química de madera a la sosa (soda) o al sulfato, excepto la pasta para disolver.

- Semiblanqueada o blanqueada:
4703.21.00.00 - - De coníferas
4703.29.00.00 - - Distinta de la de coníferas


47.07 Papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos).
4707.10.00.00 - Papel o cartón Kraft crudo o papel o cartón corrugado
4707.20.00.00 - Los demás papeles o cartones obtenidos principalmente a partir de pasta química blanqueada sin colorear en la masa
4707.30.00.00 - Papel o cartón obtenido principalmente a partir de pasta mecánica (por ejemplo: diarios, periódicos e impresos similares)
4707.90.00.00 - Los demás, incluidos los desperdicios y desechos sin clasificar


48.02 Papel y cartón, sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, excepto el papel de las partidas 48.01 ó 48.03; papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja).
4802.10.00.00 - Papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja)
4802.20.00.00 - Papel y cartón soporte para papel o cartón fotosensibles, termosensibles o electrosensibles
4802.40.00.00 - Papel soporte para papeles de decorar paredes

- Los demás papeles y cartones, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químicomecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10% en peso del contenido total de fibra:
4802.54.00.00 - - De peso inferior a 40 g/m2
4802.55 - - De peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2, en bobinas (rollos):
4802.55.10.00 - - - Papeles de seguridad para billetes
4802.55.20.00 - - - Otros papeles de seguridad
4802.56 - - De peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2, en hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o igual a 297 mm, medidos sin plegar:
4802.56.10.00 - - - Papeles de seguridad para billetes
4802.56.20.00 - - - Otros papeles de seguridad
4802.56.90.00 - - - Los demás
4802.57 - - Los demás, de peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2:
4802.57.10.00 - - - Papeles de seguridad para billetes
4802.57.20.00 - - - Otros papeles de seguridad
4802.57.90.00 - - - Los demás
4802.58 - - De peso superior a 150 g/m2:
4802.58.90.00 - - - Los demás

- Los demás papeles y cartones, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior al 10% en peso del contenido total de fibra:
4802.62.00.00 - - En hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o igual a 297 mm, medidos sin plegar
4802.69 - - Los demás:
4802.69.10.00 - - - De peso inferior a 40 g/m2, que cumpla con las demás especificaciones de la Nota 4 del Capítulo
4802.69.90.00 - - - Las demás


48.04 Papel y cartón Kraft, sin estucar ni recubrir, en bobinas (rollos) o en hojas, excepto el de las partidas 48.02 ó 48.03.

- Los demás papeles y cartones Kraft, de peso superior a 150 g/m2 pero inferior a 225 g/m2:
4804.41 - - Crudos:
4804.41.10.00 - - - Absorbentes, de los tipos utilizados para la fabricación de laminados plásticos decorativos
4804.41.90.00 - - - Los demás
4804.42.00.00 - - Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra
4804.49.00.00 - - Los demás

- Los demás papeles y cartones Kraft, de peso superior o igual a 225 g/m2:
4804.51.00.00 - - Crudos
4804.52.00.00 - - Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra
4804.59.00.00 - - Los demás


48.05 Los demás papeles y cartones, sin estucar ni recubrir, en bobinas (rollos) o en hojas, que no hayan sido sometidos a trabajos complementarios o tratamientos distintos de los especificados en la Nota 3 de este Capítulo.

- Papel para acanalar:
4805.11.00.00 - - Papel semiquímico para acanalar
4805.12.00.00 - - Papel paja para acanalar
4805.19.00.00 - - Los demás

- «Testliner» (de fibras recicladas):
4805.24.00.00 - - De peso inferior o igual a 150 g/m2
4805.25.00.00 - - De peso superior a 150 g/m2
4805.30.00.00 - Papel sulfito para envolver
4805.40 - Papel y cartón filtro:
4805.40.10.00 - - Elaborados con 100% en peso de fibra de algodón o de abacá, sin encolado y exento de compuestos minerales
4805.40.20.00 - - Con un contenido de fibra de algodón superior o igual al 70% pero inferior al 100%, en peso
4805.40.90.00 - - Los demás
4805.50.00.00 - Papel y cartón fieltro, papel y cartón lana

- Los demás:
4805.91 - - De peso inferior o igual a 150 g/m2:
4805.91.10.00 - - - Absorbentes, de los tipos utilizados para la fabricación de laminados plásticos decorativos
4805.91.20.00 - - - Para aislamiento eléctrico
4805.91.30.00 - - - Papel y cartón, multicapas (excepto los de las subpartidas 4805.12, 4805.19, 4805.24 o 4805.25)
4805.91.90.00 - - - Los demás
4805.92 - - De peso superior a 150 g/m2 pero inferior a 225 g/m2:
4805.92.10.00 - - - Para aislamiento eléctrico
4805.92.20.00 - - - Papel y cartón, multicapas (excepto los de las subpartidas 4805.12, 4805.19, 4805.24 o 4805.25)
4805.92.90.00 - - - Los demás
4805.93 - - De peso superior o igual a 225 g/m2:
4805.93.10.00 - - - Para aislamiento eléctrico
4805.93.20.00 - - - Papel y cartón, multicapas (excepto los de las subpartidas 4805.12, 4805.19, 4805.24 o 4805.25)
4805.93.30.00 - - - Cartones rígidos con peso específico superior a 1
4805.93.90.00 - - - Los demás


48.06 Papel y cartón sulfurizados, papel resistente a las grasas, papel vegetal, papel cristal y demás papeles calandrados trasparentes o traslúcidos, en bobinas (rollos) o en hojas.
4806.10.00.00 - Papel y cartón sulfurizados (pergamino vegetal)
4806.20.00.00 - Papel resistente a las grasas («greaseproof»)
4806.30.00.00 - Papel vegetal (papel calco)
4806.40.00.00 - Papel cristal y demás papeles calandrados trasparentes o traslúcidos


48.10 Papel y cartón estucados por una o las dos caras con caolín u otras sustancias inorgánicas, con aglutinante o sin él, con exclusión de cualquier otro estucado o recubrimiento, incluso coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño.

- Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10% en peso del contenido total de fibra:
4810.13 - - En bobinas (rollos):

- - - De peso inferior o igual a 150 g/m2:
4810.13.11.00 - - - - De peso inferior o igual a 60 g/m2
4810.13.19.00 - - - - Los demás
4810.13.20.00 - - - De peso superior a 150 g/m2
4810.14 - - En hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o igual a 297 mm, medidos sin plegar:
4810.14.10.00 - - - En las que un lado sea superior a 360 mm y el otro sea superior a 150 mm, sin plegar
4810.14.90.00 - - - Los demás
4810.19.00.00 - - Los demás

- Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior al 10% en peso del contenido total de fibra:
4810.22.00.00 - - Papel estucado o cuché ligero (liviano) («L.W.C.»)
4810.29.00.00 - - Los demás

- Papel y cartón Kraft, excepto los de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos:
4810.31.00.00 - - Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra, de peso inferior o igual a 150 g/m2
4810.32.00.00 - - Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra, de peso superior a 150 g/m2
4810.39.00.00 - - Los demás

- Los demás papeles y cartones:
4810.92.00.00 - - Multicapas
4810.99.00.00 - - Los demás


48.19 Cajas, sacos (bolsas), bolsitas, cucuruchos y demás envases de papel, cartón, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa; cartonajes de oficina, tienda o similares.
4819.30 - Sacos (bolsas) con una anchura en la base superior o igual a 40 cm:
4819.30.10.00 - - Multipliegos
4819.30.90.00 - - Los demás


49.01 Libros, folletos e impresos similares, incluso en hojas sueltas.
4901.10 - En hojas sueltas, incluso plegadas:
4901.10.10.00 - - Horoscopos, fotonovelas, tiras cómicas o historietas
4901.10.90.00 - - Los demás

- Los demás:
4901.91.00.00 - - Diccionarios y enciclopedias, incluso en fascículos
4901.99 - - Los demás:
4901.99.10.00 - - - Horoscopos, fotonovelas, tiras cómicas o historietas
4901.99.90.00 - - - Los demás


4903.00.00.00 Albumes o libros de estampas y cuadernos para dibujar o colorear, para niños.


51.02 Pelo fino u ordinario, sin cardar ni peinar.

- Pelo fino:
5102.11.00.00 - - De cabra de Cachemira


52.07 Hilados de algodón (excepto el hilo de coser) acondicionados para la venta al por menor.
5207.10.00.00 - Con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso
5207.90.00.00 - Los demás


54.02 Hilados de filamentos sintéticos (excepto el hilo de coser) sin acondicionar para la venta al por menor, incluidos los monofilamentos sintéticos de título inferior a 67 decitex.

- Los demás hilados sencillos sin torsión o con una torsión inferior o igual a 50 vueltas por metro:
5402.44.00.00 - - De elastómeros
5402.45.00.00 - - Los demás, de nailon o demás poliamidas
5402.46.00.00 - - Los demás, de poliésteres parcialmente orientados
5402.47.00.00 - - Los demás, de poliésteres
5402.48.00.00 - - Los demás, de polipropileno
5402.49 - - Los demás:
5402.49.10.00 - - - De poliuretano
5402.49.90.00 - - - Los demás


54.03 Hilados de filamentos artificiales (excepto el hilo de coser) sin acondicionar para la venta al por menor, incluidos los monofilamentos artificiales de título inferior a de 67 decitex.

- Los demás hilados sencillos:
5403.31.00.00 - - De rayón viscosa, sin torsión o con una torsión inferior o igual a 120 vueltas por metro
5403.32.00.00 - - De rayón viscosa, con una torsión superior a 120 vueltas por metro
5403.33.00.00 - - De acetato de celulosa
5403.39.00.00 - - Los demás


55.01 Cables de filamentos sintéticos.
5501.30 - Acrílicos o modacrílicos:
5501.30.10.00 - - Obtenidos por extrusión húmeda
5501.30.90.00 - - Los demás


55.06 Fibras sintéticas discontinuas, cardadas, peinadas o transformadas de otro modo para la hilatura.
5506.10.00.00 - De nailon o demás poliamidas
5506.20.00.00 - De poliésteres
5506.30.00.00 - Acrílicas o modacrílicas
5506.90.00.00 - Las demás


55.09 Hilados de fibras sintéticas discontinuas (excepto el hilo de coser) sin acondicionar para la venta al por menor.

- Los demás hilados:
5509.91.00.00 - - Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino
5509.92.00.00 - - Mezclados exclusiva o principalmente con algodón
5509.99.00.00 - - Los demás


68.09 Manufacturas de yeso fraguable o de preparaciones a base de yeso fraguable.

- Placas, hojas, paneles, losetas y artículos similares, sin adornos:
6809.11.00.00 - - Revestidos o reforzados exclusivamente con papel o cartón
6809.19.00.00 - - Las demás
6809.90.00.00 - Las demás manufacturas


68.10 Manufacturas de cemento, hormigón o piedra artificial, incluso armadas.

- Tejas, losetas, losas, ladrillos y artículos similares:
6810.11.00.00 - - Bloques y ladrillos para la construcción
6810.19.00.00 - - Los demás

- Las demás manufacturas:
6810.91.00.00 - - Elementos prefabricados para la construcción o ingeniería civil
6810.99.00.00 - - Las demás


68.11 Manufacturas de amiantocemento, celulosacemento o similares.
6811.40.00.00 - Que contengan amianto (asbesto)

- Que no contengan amianto (asbesto):
6811.81.00.00 - - Placas onduladas
6811.82.00.00 - - Las demás placas, paneles, losetas, tejas y artículos similares
6811.89.00.00 - - Las demás manufacturas


69.04 Ladrillos de construcción, bovedillas, cubrevigas y artículos similares, de cerámica.
6904.10.00.00 - Ladrillos de construcción
6904.90.00.00 - Los demás


70.10 Bombonas (damajuanas), botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares, ampollas y demás recipientes para el transporte o envasado, de vidrio; bocales para conservas, de vidrio; tapones, tapas y demás dispositivos de cierre, de vidrio.
7010.90 - Los demás:
7010.90.10.00 - - De capacidad superior a 1 l
7010.90.10.00-1 - - BOMBONAS Y BOTELLAS
7010.90.20.00 - - De capacidad superior a 0,33 l pero inferior o igual a 1 l
7010.90.20.00-1 - - BOMBONAS Y BOTELLAS
7010.90.30.00 - - De capacidad superior a 0,15 l pero inferior o igual a 0,33 l
7010.90.30.00-1 - - BOMBONAS Y BOTELLAS
7010.90.40.00 - - De capacidad inferior o igual a 0,15 l


70.19 Fibra de vidrio (incluida la lana de vidrio) y manufacturas de esta materia (por ejemplo: hilados, tejidos).

- Velos, napas, «mats», colchones, paneles y productos similares sin tejer:
7019.31.00.00 - - «Mats»
7019.32.00.00 - - Velos
7019.39.00.00 - - Los demás


72.07 Productos intermedios de hierro o acero sin alear.

- Con un contenido de carbono inferior al 0,25% en peso:
7207.11.00.00 - - De sección transversal cuadrada o rectangular, cuya anchura sea inferior al doble del espesor
7207.12.00.00 - - Los demás, de sección transversal rectangular
7207.19.00.00 - - Los demás
7207.20.00.00 - Con un contenido de carbono superior o igual al 0,25% en peso


72.11 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir.

- Simplemente laminados en caliente:
7211.13.00.00 - - Laminados en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150 mm y espesor superior o igual a 4 mm, sin enrollar y sin motivos en relieve
7211.14.00.00 - - Los demás, de espesor superior o igual a 4,75 mm
7211.19 - - Los demás:
7211.19.10.00 - - - Con un contenido de carbono superior o igual a 0,6% en peso
7211.19.90.00 - - - Los demás

- Simplemente laminados en frío:
7211.23.00.00 - - Con un contenido de carbono inferior al 0,25% en peso
7211.29.00.00 - - Los demás
7211.90.00.00 - Los demás


72.15 Las demás barras de hierro o acero sin alear.
7215.10 - De acero de fácil mecanización, simplemente obtenidas o acabadas en frío:
7215.10.10.00 - - De sección circular, de diámetro inferior o igual a 100 mm
7215.10.90.00 - - Los demás
7215.50 - Las demás, simplemente obtenidas o acabadas en frío:
7215.50.10.00 - - De sección circular, de diámetro inferior o igual a 100 mm
7215.50.90.00 - - Los demás
7215.90 - Las demás:
7215.90.10.00 - - De sección circular, de diámetro inferior o igual a 100 mm
7215.90.90.00 - - Las demás


72.26 Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm.

- De acero al silicio llamado «magnético» (acero magnético al silicio):
7226.11.00.00 - - De grano orientado
7226.19.00.00 - - Los demás
7226.20.00.00 - De acero rápido

- Los demás:
7226.91.00.00 - - Simplemente laminados en caliente
7226.92.00.00 - - Simplemente laminados en frío
7226.99.00.00 - - Los demás


72.28 Barras y perfiles, de los demás aceros aleados; barras huecas para perforación, de aceros aleados o sin alear.
7228.10.00.00 - Barras de acero rápido
7228.20 - Barras de acero silicomanganeso:
7228.20.10.00 - - De sección circular, de diámetro inferior o igual a 100 mm
7228.20.90.00 - - Las demás
7228.30.00.00 - Las demás barras, simplemente laminadas o extrudidas en caliente
7228.40 - Las demás barras, simplemente forjadas:
7228.40.10.00 - - De sección circular, de diametro inferior o igual a 100 mm
7228.40.90.00 - - Las demás
7228.50 - Las demás barras, simplemente obtenidas o acabadas en frío:
7228.50.10.00 - - De sección circular, de diámetro inferior o igual a 100 mm
7228.50.90.00 - - Las demás
7228.60 - Las demás barras:
7228.60.10.00 - - De sección circular, de diámetro inferior o igual a 100 mm
7228.60.90.00 - - Las demás
7228.70.00.00 - Perfiles
7228.80.00.00 - Barras huecas para perforación


73.02 Elementos para vías férreas, de fundición, hierro o acero: carriles (rieles), contracarriles (contrarrieles) y cremalleras, agujas, puntas de corazón, varillas para mando de agujas y otros elementos para cruce o cambio de vías, traviesas (durmientes), bridas, cojinetes, cuñas, placas de asiento, placas de unión, placas y tirantes de separación y demás piezas concebidas principalmente para la colocación, unión o fijación de carriles (rieles).
7302.10.00.00 - Carriles (rieles)
7302.30.00.00 - Agujas, puntas de corazón, varillas para mando de agujas y otros elementos para cruce o cambio de vías
7302.40.00.00 - Bridas y placas de asiento
7302.90 - Los demás:
7302.90.10.00 - - Traviesas (durmientes)
7302.90.90.00 - - Los demás


7303.00.00.00 Tubos y perfiles huecos, de fundición.


73.10 Depósitos, barriles, tambores, bidones, latas o botes, cajas y recipientes similares, para cualquier materia (excepto gas comprimido o licuado), de fundición, hierro o acero, de capacidad inferior o igual a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento inferior o calorífugo.
7310.10.00.00 - De capacidad superior o igual a 50 l

- De capacidad inferior a 50 l:
7310.21.00.00 - - Latas o botes para ser cerrados por soldadura o rebordeado
7310.29 - - Los demás:
7310.29.10.00 - - - Recipientes de doble pared para el transporte y envasado del semen
7310.29.90.00 - - - Los demás


73.12 Cables, trenzas, eslingas y artículos similares, de hierro o acero, sin aislar para electricidad.
7312.10 - Cables:
7312.10.10.00 - - Para armadura de neumáticos
7312.10.90.00 - - Los demás
7312.90.00.00 - Los demás


7313.00 Alambre de púas, de hierro o acero; alambre (simple o doble) y tiras, torcidos, incluso con púas, de hierro o acero, de los tipos utilizados para cercar.
7313.00.10.00 - Alambre de púas
7313.00.90.00 - Los demás


73.26 Las demás manufacturas de hierro o acero.

- Forjadas o estampadas pero sin trabajar de otro modo:
7326.11.00.00 - - Bolas y artículos similares para molinos
7326.19.00.00 - - Las demás
7326.20.00 - Manufacturas de alambre de hierro o acero:
7326.20.00.10 - - Jaulas de alambre galvanizado, con comedores y bebedores de chapa galvanizada
7326.20.00.90 - - Las demás
7326.90 - Las demás:
7326.90.10.00 - - Barras de sección variable
7326.90.90.00 - - Las demás


74.08 Alambre de cobre.

- De cobre refinado:
7408.11.00.00 - - Con la mayor dimensión de la sección transversal superior a 6 mm
7408.19.00.00 - - Los demás

- De aleaciones de cobre:
7408.21.00.00 - - A base de cobre-cinc (latón)
7408.22.00.00 - - A base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca)
7408.29.00.00 - - Los demás


76.04 Barras y perfiles, de aluminio.
7604.10 - De aluminio sin alear:
7604.10.10.00 - - Barras
7604.10.20.00 - - Perfiles, incluso huecos

- De aleaciones de aluminio:
7604.21.00.00 - - Perfiles huecos
7604.29 - - Los demás:
7604.29.10.00 - - - Barras
7604.29.20.00 - - - Los demás perfiles


76.05 Alambre de aluminio.

- De aluminio sin alear:
7605.11.00.00 - - Con la mayor dimensión de la sección transversal superior a 7 mm
7605.19.00.00 - - Los demás

- De aleaciones de aluminio:
7605.21.00.00 - - Con la mayor dimensión de la sección transversal superior a 7 mm
7605.29.00.00 - - Los demás


76.06 Chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm.

- Cuadradas o rectangulares:
7606.11.00.00 - - De aluminio sin alear
7606.12 - - De aleaciones de aluminio:
7606.12.20.00 - - - Con un contenido de magnesio inferior o igual al 0,5% en peso (duraluminio)
7606.12.90.00 - - - Los demás

- Las demás:
7606.91 - - De aluminio sin alear:
7606.91.10.00 - - - Discos para la fabricación de envases tubulares
7606.91.90.00 - - - Los demás
7606.92 - - De aleaciones de aluminio:
7606.92.20.00 - - - Discos para la fabricación de envases tubulares
7606.92.30.00 - - - Con un contenido de magnesio inferior o igual al 0,5% en peso (duraluminio)
7606.92.90.00 - - - Los demás


83.11 Alambres, varillas, tubos, placas, electrodos y artículos similares, de metal común o de carburo metálico, recubiertos o rellenos de decapantes o de fundentes, para soldadura o depósito de metal o de carburo metálico; alambres y varillas, de polvo de metal común aglomerado, para la metalización por proyección.
8311.10.00.00 - Electrodos recubiertos para soldadura de arco, de metal común
8311.10.00.00-1 - ELECTRODOS RECUBIERTOS PARA SOLDADURA DE ARCO, DE HIERRO O DE ACERO
8311.20.00.00 - Alambre «relleno» para soldadura de arco, de metal común
8311.30.00.00 - Varillas recubiertas y alambre «relleno» para soldar al soplete, de metal común
8311.90.00.00 - Los demás


84.19 Aparatos y dispositivos, aunque se calienten eléctricamente (excepto los hornos y demás aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, , baño de vapor de agua, secado, evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento, excepto los aparatos domésticos, calentadores de agua de calentamiento instantáneo, o de acumulación, excepto los eléctricos.
8419.60.00.00 - Aparatos y dispositivos para licuefacción de aire u otros gases


  
RM 016 - ANEXO 2
MERCANCIAS SUJETAS A CERTIFICADOS DE SENASAG
VIGENTE DESDE EL 06/06/2016

CODIGO DESCRIPCION DE LA MERCANCIA
04.02 Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante.

- Las demás:
0402.91 - - Sin adición de azúcar ni otro edulcorante:
0402.91.10.00 - - - Leche evaporada


04.04 Lactosuero, incluso concentrado o con adición de azúcar u otro edulcorante; productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, no expresados ni comprendidos en otra parte.
0404.10 - Lactosuero, aunque esté modificado, incluso concentrado o con adición de azúcar u otro edulcorante:
0404.10.10.00 - - Lactosuero parcial o totalmente desmineralizado
0404.10.90.00 - - Los demás


07.01 Papas (patatas) frescas o refrigeradas.
0701.10.00.00 - Para siembra


0702.00.00.00 Tomates frescos o refrigerados.


07.03 Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas (incluso «silvestres») aliáceas, frescos o refrigerados.
0703.10.00.00 - Cebollas y chalotes
0703.10.00.00-1 - CEBOLLAS [FRESCOS O REFRIGERADOS]
0703.20 - Ajos:
0703.20.10.00 - - Para siembra
0703.20.90.00 - - Las demás


07.13 Hortalizas de vaina secas desvainadas, aunque estén mondadas o partidas.
0713.40 - Lentejas:
0713.40.10.00 - - Para siembra
0713.40.90.00 - - Las demás


07.14 Raíces de yuca (mandioca), arrurruz o salep, aguaturmas (patacas), camotes (batatas, boniatos) y raíces y tubérculos similares ricos en fécula o inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en «pellets»; médula de sagú.
0714.20 - Camotes (batatas, boniatos):
0714.20.10.00 - - Para siembra
0714.20.90.00 - - Los demás


08.01 Cocos, nueces del Brasil y nueces de marañón (merey, cajuil, anacardo, «cajú»), frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados.

- Cocos:
0801.11 - - Secos:
0801.11.10.00 - - - Para siembra
0801.11.90.00 - - - Los demás


08.08 Manzanas, peras y membrillos, frescos.
0808.10.00.00 - Manzanas
0808.30.00.00 - Peras
0808.40.00.00 - Membrillos


10.01 Trigo y morcajo (tranquillón).

- Trigo duro:
1001.11.00.00 - - Para siembra
1001.19.00.00 - - Los demás

- Los demás:
1001.91.00.00 - - Para siembra


10.03 Cebada.
1003.10.00.00 - Para siembra
1003.90.00.00 - Las demás


10.05 Maíz.
1005.10.00.00 - Para siembra
1005.90 - Los demás:

- - Maíz duro (Zea mays convar. Vulgaris o Zea mays var. Indurata):
1005.90.11.00 - - - Amarillo
1005.90.12.00 - - - Blanco
1005.90.20.00 - - Maíz reventón (Zea mays convar. Microsperma o Zea mays var. Everta)
1005.90.30.00 - - Blanco gigante (Zea mays amilacea cv. gigante)
1005.90.40.00 - - Morado (Zea mays amilacea cv. morado)
1005.90.90.00 - - Los demás


10.06 Arroz.
1006.10 - Arroz con cáscara (arroz «paddy»):
1006.10.10.00 - - Para siembra
1006.10.90.00 - - Los demás
1006.20.00.00 - Arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo)
1006.40.00.00 - Arroz partido


10.07 Sorgo de grano (granífero).
1007.10.00.00 - Para siembra
1007.90.00.00 - Los demás


11.03 Grañones, sémola y «pellets», de cereales.

- Grañones y sémola:
1103.11.00.00 - - De trigo
1103.13.00.00 - - De maíz
1103.19.00.00 - - De los demás cereales
1103.20.00.00 - «Pellets»


11.08 Almidón y fécula; inulina.

- Almidón y fécula:
1108.11.00.00 - - Almidón de trigo
1108.12.00.00 - - Almidón de maíz
1108.13.00.00 - - Fécula de papa (patata)
1108.14.00.00 - - Fécula de yuca (mandioca)
1108.19.00.00 - - Los demás almidones y féculas
1108.20.00.00 - Inulina


12.02 Maníes (cacahuetes, cacahuates) sin tostar ni cocer de otro modo, incluso sin cáscara o quebrantados.
1202.30.00.00 - Para siembra

- Los demás:
1202.41.00.00 - - Con cáscara
1202.42.00.00 - - Sin cáscara, incluso quebrantados


1206.00 Semillas de girasol, incluso quebrantadas.
1206.00.10.00 - Para siembra
1206.00.90.00 - Las demás


12.07 Las demás semillas y frutos oleaginosos, incluso quebrantados.
1207.50 - Semillas de mostaza:
1207.50.10.00 - - Para siembra
1207.50.90.00 - - Las demás


12.09 Semillas, frutos y esporas, para siembra.

- Semillas forrajeras:
1209.21.00.00 - - De alfalfa
1209.22.00.00 - - De trébol (Trifolium spp.)
1209.23.00.00 - - De festucas
1209.24.00.00 - - De pasto azul de Kentucky (Poa pratensis L.)
1209.25.00.00 - - De ballico (Lolium multiflorum Lam., Lolium perenne L.)
1209.29.00.00 - - Las demás


15.01 Grasa de cerdo (incluida la manteca de cerdo) y grasa de ave, excepto las de las partidas 02.09 ó 15.03.
1501.10.00.00 - Manteca de cerdo
1501.20.00.00 - Las demás grasas de cerdo
1501.90.00.00 - Las demás


15.02 Grasa de animales de las especies bovina, ovina o caprina, excepto las de la partida 15.03.
1502.10 - Sebo:
1502.10.10.00 - - Desnaturalizado
1502.10.90.00 - - Los demás


15.07 Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
1507.90 - Los demás:
1507.90.10.00 - - Con adición de sustancias desnaturalizantes en una proporción inferior o igual al 1%
1507.90.90.00 - - Los demás


15.11 Aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
1511.10.00.00 - Aceite en bruto
1511.90.00.00 - Los demás


15.16 Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo.
1516.10.00.00 - Grasas y aceites, animales, y sus fracciones
1516.20.00.00 - Grasas y aceites, vegetales, y sus fracciones


16.04 Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus sucedáneos preparados con huevas de pescado.
1604.20.00.00 - Las demás preparaciones y conservas de pescado
1604.20.00.00-1 - CONSERVAS DE SARDINAS Y CONSERVAS DE JUREL
1604.20.00.00-2 - PREPARACIONES Y CONSERVAS DE BONITO


17.01 Azúcar de caña o de remolacha y sacarosa químicamente pura, en estado sólido.

- Azúcar en bruto sin adición de aromatizante ni colorante:
1701.12.00.00 - - De remolacha
1701.13.00.00 - - Azúcar de caña mencionado en la Nota 2 de subpartida de este Capítulo
1701.14.00.00 - - Los demás azúcares de caña

- Los demás:
1701.91.00.00 - - Con adición de aromatizante o colorante
1701.99 - - Los demás:
1701.99.10.00 - - - Sacarosa químicamente pura
1701.99.90.00 - - - Los demás


17.02 Los demás azúcares, incluidas la lactosa, maltosa, glucosa y fructosa (levulosa) químicamente puras, en estado sólido; jarabe de azúcar sin adición de aromatizante ni colorante; sucedáneos de la miel, incluso mezclados con miel natural; azúcar y melaza caramelizados.
1702.30 - Glucosa y jarabe de glucosa, sin fructosa o con un contenido de fructosa, calculado sobre producto seco, inferior al 20% en peso:
1702.30.10.00 - - Con un contenido de glucosa superior o igual al 99% en peso, expresado en glucosa anhidra, calculado sobre producto seco (Dextrosa)
1702.30.20.00 - - Jarabe de glucosa
1702.30.90.00 - - Las demás


19.01 Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula o extracto de malta, que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 40% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones alimenticias de productos de las partidas 04,01 a 04,04 que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 5% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte.
1901.90 - Los demás:
1901.90.10.00 - - Extracto de malta
1901.90.20.00 - - Manjar blanco o dulce de leche


23.09 Preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de los animales.
2309.10 - Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor:
2309.10.10.00
2309.10.20.00-0
- - Presentados en latas herméticas
2309.10.90.00 - - Los demás


31.02 Abonos minerales o químicos nitrogenados.
3102.10 - Urea, incluso en disolución acuosa:
3102.10.10.00 - - Con un porcentaje de nitrógeno superior o igual a 45% pero inferior o igual a 46% en peso (calidad fertilizante)
3102.10.90.00 - - Los demás
3102.30.00.00 - Nitrato de amonio, incluso en disolución acuosa


31.04 Abonos minerales o químicos potásicos.
3104.30.00.00 - Sulfato de potasio


31.05 Abonos minerales o químicos, con dos o tres de los elementos fertilizantes: nitrógeno, fósforo y potasio; los demás abonos; productos de este Capítulo en tabletas o formas similares o en envases de un peso bruto inferior o igual a 10 kg.
3105.30.00.00 - Hidrogenoortofosfato de diamonio (fosfato diamónico)
3105.40.00.00 - Dihidrogenoortofosfato de amonio (fosfato monoamónico), incluso mezclado con el hidrogenoortofosfato de diamonio (fosfato diamónico)
3105.90 - Los demás:
3105.90.10.00 - - Nitrato sódico potásico (salitre)
3105.90.20.00 - - Los demás abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes: nitrógeno y potasio
3105.90.90.00 - - Los demás


38.08 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, y papeles matamoscas.
3808.50.00 - Productos mencionados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo:

- - Herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores de crecimiento de las plantas:
3808.50.00.31
3808.59.00.00-2
- - - Presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos
3808.50.00.31-1
3808.59.00.00-2
- - - HERBICIDAS, INHIBIDORES DE GERMINACION Y REGULADORES DEL CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS.
3808.50.00.39
3808.59.00.00-2
- - - Los demás
3808.50.00.39-1
3808.59.00.00-2
- - - HERBICIDAS, INHIBIDORES DE GERMINACION Y REGULADORES DEL CRECIMEINTO DE LAS PLANTAS.
3808.50.00.90
3808.59.00.00-3
- - Los demás
3808.50.00.90-1
3808.59.00.00-3
- - PARASITICIDAS Y SIMILARES EN PREPARACIONES
3808.93 - - Herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas:

- - - Presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos:
3808.93.11.00 - - - - Que contengan bromometano (bromuro de metilo) o bromoclorometano
3808.93.19.00 - - - - Los demás

- - - Los demás:
3808.93.91.00 - - - - Que contengan bromometano (bromuro de metilo) o bromoclorometano
3808.93.92.00
3808.93.93.00-0
- - - - Que contengan butaclor o alaclor
3808.93.99.00 - - - - Los demás
3808.94 - - Desinfectantes:

- - - Presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos:
3808.94.11.00 - - - - Que contengan bromometano (bromuro de metilo) o bromoclorometano
3808.94.19.00 - - - - Los demás
3808.94.19.00-1
3808.94.19.10-0
- - - - CRESOL PRESENTADOS FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O EN ARTICULOS

- - - Los demás:
3808.94.91.00 - - - - Que contengan bromometano (bromuro de metilo) o bromoclorometano
3808.94.99.00
3808.94.99.90-0
- - - - Los demás
3808.94.99.00-1
3808.94.99.10-0
- - - - EXCEPTO A BASE DE RENDIM, ROGOR Y METILPARATHION


44.03 Madera en bruto, incluso descortezada, desalburada o escuadrada.
4403.10.00.00
4403.11.00.00-0
4403.12.00.00-0

- Tratada con pintura, creosota u otros agentes de conservación
4403.10.00.00-1
4403.11.00.00-1
4403.12.00.00-1

- PUNTALES PARA MINAS, DE PINO O DE EUCALIPTUS
4403.20.00.00
4403.21.00.00-0
4403.22.00.00-0
4403.23.00.00-0
4403.24.00.00-0
4403.25.00.00-0
4403.26.00.00-0

- Las demás, de coníferas
4403.20.00.00-1
4403.26.00.00-1
- PUNTALES PARA MINAS

- Las demás, de las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 2 de este Capítulo:
4403.41.00.00 - - Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau
4403.49.00.00
4403.49.10.00-0
4403.49.90.00-0

- - Las demás

- Las demás:
4403.91.00.00 - - De encina, roble, alcornoque y demás belloteros (Quercus spp.)
4403.92.00.00
4403.93.00.00-0
4403.94.00.00-0

- - De haya (Fagus spp.)
4403.99.00.00
4403.95.00.00-0
4403.96.00.00-0
4403.97.00.00-0
4403.98.00.00-0

4403.99.00.00-0
- - Las demás
4403.99.00.00-1
4403.98.00.00-1
- - PUNTALES PARA MINAS, DE EUCALIPTUS


44.07 Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos, de espesor superior a 6 mm.

- De las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo:
4407.21.00.00 - - Mahogany (Swietenia spp.)
4407.27.00.00 - - Sapelli
4407.28.00.00 - - Iroko
4407.29.00 - - Las demás:
4407.29.00.10
4407.29.10.00-0
- - - De ipé (Tajibo, Lapacho)
4407.29.00.90
4407.29.90.00-0
4407.29.90.00-1

- - - Las demás


44.12 Madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar.

- Las demás maderas contrachapadas, constituidas exclusivamente por hojas de madera (excepto de bambú) de espesor unitario inferior o igual a 6 mm:
4412.31.00.00 - - Que tengan, por lo menos, una hoja externa de las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 2 de este Capítulo
4412.32.00.00
4412.33.00.00-0
4412.34.00.00-0

- - Las demás, que tengan, por lo menos, una hoja externa de madera distinta de la de coníferas
4412.39.00.00 - - Las demás

- Las demás:
4412.94.00.00 - - Tableros denominados «blockboard», «laminboard» y «battenboard»
4412.99.00.00 - - Las demás


51.01 Lana sin cardar ni peinar.

- Lana sucia, incluida la lavada en vivo:
5101.11.00.00 - - Lana esquilada
5101.19.00.00 - - Las demás

- Desgrasada, sin carbonizar:
5101.21.00.00 - - Lana esquilada
5101.29.00.00 - - Las demás
5101.30.00.00 - Carbonizada


51.02 Pelo fino u ordinario, sin cardar ni peinar.

- Pelo fino:
5102.19 - - Los demás:
5102.19.10.00 - - - De alpaca o de llama
5102.19.20.00 - - - De conejo o de liebre
5102.19.90.00 - - - Los demás
5102.20.00.00 - Pelo ordinario


51.03 Desperdicios de lana o de pelo fino u ordinario, incluidos los desperdicios de hilados, excepto las hilachas.
5103.10.00.00 - Borras del peinado de lana o pelo fino


5201.00 Algodón sin cardar ni peinar.
5201.00.10.00 - De longitud de fibra superior a 34.92 mm (1 3/8 pulgada)
5201.00.20.00 - De longitud de fibra superior a 28.57 mm (1 1/8 pulgada) pero inferior o igual a 34.92 mm (1 3/8 pulgada)
5201.00.30.00 - De longitud de fibra superior a 22.22 mm (7/8 pulgada) pero inferior o igual a 28.57 mm (1 1/8 pulgada)
5201.00.90.00 - De longitud de fibra inferior o igual a 22.22 mm (7/8 pulgada)


    
NOMINA DE ADMINISTRACIONES ADUANERAS DE FRONTERA
Puerto Suárez
Desaguadero
Tambo Quemado
Bermejo
Yacuiba
Villazón
Villamontes (Excluido con RM 470)
Pisiga
Charaña (Incluido con RM 854)

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